¿Cómo funciona la custodia de un bebé si sus padres no están casados?
Con el paso de los años, el porcentaje de parejas no casadas ha ido en aumento. La unión en matrimonio concede a la pareja ciertos derechos que, de no formalizar la relación mediante un registro, no alcanzarían.
Entre los derechos de los que no gozan las parejas no registradas se encuentran, por mencionar algunos ejemplos, el derecho a pensión de viudedad o el derecho a la herencia. En cuestión de los hijos, en el caso de que se encuentren en un núcleo familiar que haya formalizado la relación, el Código Civil otorga presunción de paternidad con respecto al marido por el mero hecho de constituir en matrimonio. Sin embargo, esta veracidad o presunción no la encontramos en caso de parejas no registradas.
Como comprobaréis en este artículo, la ley protege al máximo a los menores por lo que velarán siempre por su bienestar. En este sentido, la legalidad actúa de igual manera para los hijos de padres casados como no casados. La diferencia se encuentra en el procedimiento que regula la custodia.
Dicho proceso, que puede darse de manera amistosa o contenciosa, se denomina de medidas paternofiliales y establece cuestiones como la custodia, el régimen de visitas, la pensión alimenticia…
¿Y qué ocurre a nivel procesal? Es muy similar a lo que ocurre en un proceso de separación o divorcio. Hablamos del proceso de guarda y custodia, el cual establece todas las cuestiones relativas a la custodia y manutención de los niños de padres solteros. Lo sencillo o complicado que resulte este proceso dependerá, en buena medida, de la actitud de los padres. Si existe mutuo acuerdo entre los progenitores, el proceso será sencillo.
En cualquiera de los casos, bien sea mediante la vía amistosa como por la vía contenciosa, habréis de contar con un abogado que os asesore y acompañe en todo el proceso. En este sentido, contáis con la profesionalidad de Garanley Abogados, especializados en derecho de familia, que os asesorarán para tomar la decisión correcta en una cuestión tan delicada.
Procedimiento
Aquellas personas no casadas con hijos en común habrán de dirigirse a un procedimiento judicial de medidas paternofiliales denominado de guarda y custodia. En este procedimiento se aplican los mismos criterios que se haría en caso de separación o divorcio en cuanto a las obligaciones y derechos que tenéis como padres de los niños.
Con el objetivo de evitar problemas con el paso del tiempo, todo lo relatico a la custodia de los menores habrá de regularse mediante un documento legal y oficial. El procedimiento y lo estipulado habrán de incluir cuestiones básicas como la custodia del menor o menores, calendario de estancias y visitas la atribución del uso de la vivencia y pensión alimenticia
Cómo tramitar la custodia
Como hemos mencionado anteriormente, podemos encontrarnos con un proceso fácil y rápido o enfrentarnos a una disputa que, además de larga, puede ser muy dolorosa.
De mutuo acuerdo
Estamos ante un caso en el que los padres han gestionado la custodia de los hijos mediante un acuerdo amistoso. Esta es la forma ideal para abordar la custodia de los niños previamente a llegar ante un juez.
Necesitaréis, para establecer el convenio regulador de la custodia, el certificado de hijos comunes. En dicho convenio regulador quedarán reflejadas todas las medidas tomadas en torno a la custodia del menor o menores: ya sea custodia en exclusiva o compartida, el régimen de visitas, quién de los progenitores abonará la pensión alimenticia de los hijos, el uso de la vivienda familiar…
El convenio regulador se entregará junto a los certificados de nacimiento y una demanda e guarda y custodia amistosa. Para finalizar, el convenio regulador será remitido al Ministerio Fiscal que valorará si las medidas son adecuadas para el menor.
Proceso contencioso
Si, por el contrario, los progenitores no llegaran a ningún acuerdo, comenzaría entonces un proceso contencioso en el que habremos de acudir a los tribunales para que sea un juez el que determine todo lo relativo a la custodia, tras haber realizado un estudio y análisis de la situación y circunstancias de los progenitores.
Proceso de guarda y custodia
El juez determinará lo relativo a la patria potestad, es decir guarda y custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia y uso de la vivienda unifamiliar. Os contamos más en detalle que significa cada una de estas cuestiones:
Patria potestad
Se especifica sobre quien recae la patria potestad, la cual hace referencia no a la custodia, si no a las responsabilidades con los hijos. La patria potestad, con independencia de que estéis casados o no, corresponde a ambos padres, ya que está fundamentada en las relaciones paterno-filiales. Recoge todos los derechos y obligaciones que poseen los padres sobre los hijos no emancipados.
La patria potestad ha de ejercerse siempre en beneficio de los hijos, de lo contrario, a través de una sentencia judicial podría privarse, de manera total o parcial, a uno o ambos padres.
Guarda y Custodia
Establece quién estará con los menores diariamente, es decir, con quién convivirá y le acompañará en todas sus actividades. La guarda y custodia puede recaer en un único progenitor o bien ser compartida. Se tendrá en cuenta los intereses de los hijos y el nivel adquisitivo y posibilidades económicas y laborales de los padres.
La custodia compartida es cada vez más frecuente. En ella, se establece un reparto equitativo del tiempo con los menores.
Calendario de estancias y visitas
El progenitor que no haya obtenido la custodia, tiene derecho a visitar, comunicarse y pasar tiempo con sus hijos.
Pensión alimenticia
La pensión de los alimentos se establece en función de los gastos del menor y en proporción a los ingresos de los progenitores.
Uso de la vivienda familiar
En la amplia mayoría de los casos, aquel que ostente la custodia exclusiva del menor será el que resida en la vivienda familiar, aunque no siempre se da esta situación.
Como conclusión, la situación de los hijos de padres no casados es muy parecida a la de los casados, variando un poco el procedimiento que, en el caso de los no casados y, como hemos visto, es el de medidas paternofiliales de guarda y custodia.